Lo que dice la ley sobre las reclamaciones por mala fe en seguros

Se firma una oferta de reclamación de seguro de mala fe.

Las pólizas de seguro sirven como red de seguridad, brindando a personas y empresas protección financiera ante imprevistos. Los asegurados confían en que sus compañías de seguros cumplirán con su parte del trato gestionando las reclamaciones de forma justa y oportuna. Sin embargo, cuando una compañía de seguros actúa de mala fe, los asegurados pueden presentar una reclamación por mala fe.

Comprender el panorama legal que rodea estos reclamos es crucial para los asegurados, ya que las leyes específicas de cada estado y los fallos judiciales influyen significativamente en cómo se resuelven las disputas de seguros. 

Comprender la mala fe del seguro

La mala fe en seguros se produce cuando una aseguradora incumple su obligación de actuar de buena fe y tratar con justicia a sus asegurados. Esta obligación es inherente a todo contrato de seguro y obliga a la aseguradora a investigar adecuadamente y resolver con prontitud las reclamaciones. Si una aseguradora incumple esta obligación y deniega o retrasa injustamente una reclamación válida, constituye un incumplimiento contractual por mala fe. Los tribunales evalúan todas las circunstancias para determinar si una compañía de seguros incumple sus obligaciones.

Ejemplos de prácticas de mala fe:

  • Denegación irrazonable de reclamaciones: La aseguradora demandada se niega a pagar la totalidad del importe adeudado en virtud de la póliza sin justificación.

  • Pagos atrasados: La aseguradora retrasa deliberadamente el pago de las reclamaciones, lo que crea dificultades financieras para la persona asegurada.

  • Investigación inadecuada: La aseguradora ignora la evidencia o no realiza una investigación exhaustiva antes de rechazar un reclamo.

  • Tergiversación del lenguaje de las políticas: La aseguradora distorsiona el lenguaje de la póliza para evitar pagar beneficios.

  • Acuerdos de oferta baja:La aseguradora ofrece límites muy por debajo de la póliza para influir injustamente en los acuerdos.

Marco legal en California: Leyes que definen las prácticas de seguros de mala fe

La ley de California responsabiliza a las aseguradoras cuando no actúan de buena fe. Según el derecho consuetudinario, la obligación de una aseguradora va más allá de los contratos escritos y exige un trato justo a los asegurados. Los tribunales permiten acciones civiles cuando una aseguradora incumple esta obligación.

Leyes clave que rigen los seguros de mala fe en California

  • Código de Seguros de California § 790.03  (Ley de Prácticas Desleales de Solución de Reclamaciones)
    Este estatuto describe explícitamente qué constituye una práctica de mala fe en seguros. Las aseguradoras tienen prohibido incurrir en prácticas injustas de liquidación de siniestros, incluyendo:

    • Tergiversar los términos de la política:Proporcionar información falsa o engañosa sobre la cobertura o los beneficios.

    • Retrasar las respuestas:No reconocer o actuar sobre las reclamaciones con prontitud.

    • Negar reclamaciones válidas injustamente:Negarse a pagar sin una investigación adecuada.

    • Acuerdos de bajo precio:Ofrecer significativamente menos que el monto justo reclamado.

    • Retrasos injustificados en los pagos:Retrasar el pago de reclamaciones sin un motivo válido.

    • No explicar las negaciones:Ocultar razones claras y por escrito para denegaciones o reducciones de reclamaciones.

  • Código Civil de California § 3294  (Daños punitivos por mala fe)

    • Si una compañía de seguros actúa con fraude, opresión o malicia, los tribunales pueden conceder daños punitivos.

    • Los daños punitivos sirven como sanción para disuadir a las compañías de seguros de participar en prácticas deshonestas o injustas.

    • Los tribunales penalizan a las aseguradoras por engaño deliberado o desprecio temerario de los derechos de los asegurados concediéndoles daños punitivos. 

  • Código de Regulaciones de California, Título 10, Sección 2695 (Reglamento sobre prácticas justas de liquidación de reclamaciones)

    • Establece pautas estrictas sobre cómo las compañías de seguros deben manejar las reclamaciones.

    • Requiere que las aseguradoras investiguen adecuadamente las reclamaciones antes de emitir denegaciones.

    • Exige un procesamiento rápido y justo de las reclamaciones, garantizando que las compañías de seguros actúen en el mejor interés de los asegurados.

Casos judiciales notables que definen la mala fe en California

  • Egan contra Mutual of Omaha Ins. Co. (1979):El tribunal sostuvo que la conducta de una compañía de seguros debe evaluarse en función de si actuó de manera justa y consideró todas las circunstancias.

  • Gruenberg contra Aetna Ins. Co. (1973)El tribunal dictaminó que una práctica comercial general de rechazo injusto de reclamaciones podría establecer un incumplimiento por mala fe incluso sin una violación directa del contrato.

Marco legal en Colorado: Leyes que definen las prácticas de seguros de mala fe

La ley de Colorado reconoce las reclamaciones de seguros por mala fe como independientes del incumplimiento de contrato. Si una aseguradora, entre sus obligaciones, gestiona las reclamaciones de forma justa, pero deniega o retrasa el pago injustificadamente, podría enfrentarse a daños compensatorios y punitivos.

Leyes clave que rigen los seguros de mala fe en Colorado

  1. Estatutos Revisados ​​de Colorado (CRS) § 10-3-1115 y § 10-3-1116 (Retraso irrazonable o denegación de beneficios)

    • El CRS § 10-3-1115 prohíbe a las aseguradoras retrasar o negar irrazonablemente el pago de un reclamo válido a un reclamante de primera parte.

    • El CRS § 10-3-1116 permite a los demandantes de primera parte presentar una acción civil por mala fe y recuperar:

      • Dos veces el beneficio cubierto (doble daño).

      • Honorarios de abogados y costas judiciales razonables.

    • Estos estatutos se aplican únicamente a reclamos de seguros malos de primera parte, no a reclamos de terceros.

  2. Ley de Protección al Consumidor de Colorado (CRS § 6-1-105)

    • Esta ley prohíbe el fraude de seguros y las prácticas comerciales engañosas, incluyendo:

      • Tergiversar los términos o la cobertura de la póliza.

      • Participar en prácticas comerciales engañosas.

      • Hacer declaraciones falsas o engañosas.

      • Utilizar prácticas comerciales desleales o fraudulentas.

      • Omitir deliberadamente hechos materiales.

Si una compañía de seguros viola este estatuto, el asegurado puede tener derecho a daños mayores según la Ley de Protección al Consumidor de Colorado.

Casos judiciales notables sobre mala fe en Colorado

  • Goodson contra American Standard Ins. Co. (2000)
    Se aclaró que los reclamos de seguros por mala fe son separados de los reclamos por incumplimiento de contrato, lo que permite daños compensatorios y punitivos.

  • Baker contra Allied Prop. & Cas. Ins. Co. (2013)
    Se reforzó que el deber de una aseguradora incluye manejar las reclamaciones de manera justa y teniendo debidamente en cuenta los intereses del asegurado.

Leyes clave que rigen los seguros de mala fe en Nevada

Los tribunales de Nevada tratan las reclamaciones de seguros por mala fe como un agravio independiente del incumplimiento de contrato. Para demostrar mala fe, el asegurado debe demostrar que la aseguradora denegó beneficios irrazonablemente y que actuó injustamente, a sabiendas o por imprudencia. Los errores simples o la falta de criterio no son válidos; debe haber mala conducta intencional o imprudente.

1. Estatutos Revisados ​​de Nevada (NRS) § 686A.310 – Ley de Prácticas Desleales en Seguros

Esta ley prohíbe las prácticas desleales de las compañías de seguros, incluyendo:

  • Ignorar o retrasar las respuestas a las reclamaciones de los asegurados.

  • Negar reclamaciones sin una investigación razonable.

  • Tergiversar los términos de la póliza para evitar pagar reclamaciones.

  • Retrasar los pagos al exigir documentos de reclamación redundantes.

  • Ofrecer acuerdos irrazonablemente bajos para forzar el litigio.

  • Utilizar tácticas engañosas para manipular los resultados de las reclamaciones.

Las violaciones del NRS § 686A.310 hacen que las aseguradoras sean responsables de:

  • Compensación integral por pérdidas financieras ocasionadas por prácticas desleales.

  • Daños adicionales si los tribunales determinan mala conducta intencional.

2. Daños punitivos por mala fe (Estatutos Revisados ​​de Nevada § 42.005)

  • Si una aseguradora incumple sus obligaciones contractuales con fraude, malicia u opresión, el asegurado puede recibir daños punitivos.

  • Los tribunales también revisan si las aseguradoras actuaron injustamente con tal frecuencia que justifican sanciones adicionales.

Casos judiciales notables sobre mala fe en Nevada

  • Pemberton contra Farmers Ins. Exchange (1995)
    Se estableció que una aseguradora demandada puede ser considerada responsable por incumplimiento de mala fe si no proporciona una base razonable para denegar la cobertura.

  • Hart contra Prudential Property & Casualty Ins. Co. (1994)
    Se reforzó que los reclamos por mala fe en los seguros requieren prueba de mala conducta intencional o negligencia temeraria.

Recursos oficiales de regulación de seguros

Comprender las leyes de seguros específicas de cada estado es crucial al abordar reclamos por mala fe. Cada estado cuenta con organismos reguladores que supervisan la conducta de las aseguradoras, hacen cumplir las leyes y ofrecen recursos de protección al consumidor. A continuación, se encuentran los enlaces oficiales a las autoridades reguladoras de seguros en California, Colorado y Nevada:

Estos recursos pueden ayudarle a comprender sus derechos, revisar las leyes de seguros pertinentes y tomar medidas contra el fraude de seguros o las prácticas de seguros de mala fe.

Pasos a seguir si sospecha de mala fe

Si cree que su aseguradora está actuando de mala fe, considere los siguientes pasos:

  1. Documentar todo: Mantenga registros detallados de todas las comunicaciones, incluidas las fechas, las horas y el contenido de las conversaciones con su aseguradora.

  2. Revise su póliza: Comprenda los términos, condiciones y límites de cobertura de su póliza de seguro para evaluar la validez de su reclamo.

  3. Presentar una queja: Comuníquese con la agencia reguladora de seguros de su estado para presentar una queja formal contra la aseguradora.

  4. Consulte con un abogado especializado en seguros de mala fe: Busque asesoramiento legal con experiencia en el manejo de reclamos de seguros de mala fe para evaluar su caso y guiarlo a través del proceso legal.

Proteja sus derechos contra la mala fe en los seguros

La mala fe en las aseguradoras socava la confianza que los asegurados depositan en sus compañías, lo que a menudo resulta en graves pérdidas financieras y angustia emocional. Cuando una aseguradora incumple su obligación de gestionar las reclamaciones de forma justa, los asegurados pueden tener dificultades para recuperar lo que les corresponde. Comprender las leyes de su estado es crucial para reconocer cuándo la conducta de una aseguradora excede los límites y cómo emprender acciones legales.

Si cree que su compañía de seguros ha actuado de mala fe, no tiene que luchar solo. Grupo Jurídico Bourassa Tiene un historial comprobado de responsabilizar a las aseguradoras y garantizar la compensación que los asegurados merecen. 

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