La th El Tribunal de Apelaciones del Circuito revocó recientemente un caso del Tribunal de Distrito que desestimó una demanda por escuchas telefónicas ilegales mediante el uso de tecnología de captura de pantalla sin obtener el consentimiento previo del consumidor.
¿Qué ha pasado?
En el caso de los Javier contra Assurance IQ, LLCFlorentino Javier apeló la decisión de un tribunal de distrito que afirmaba que el consentimiento para ser “escuchadas telefónicas” a través de computadora después de que la grabación ya haya tenido lugar era suficiente según la ley de California.
Assurance es una plataforma de seguros propietaria y opera Nationalfamily.com, un sitio web donde los usuarios pueden solicitar cotizaciones de seguros de vida a Assurance y sus socios de seguros. Assurance utiliza un producto llamado "TrustedForm", creado por ActiveProspect, para registrar las interacciones del usuario con el sitio web.
Javier visitó Nationalfamily.com en enero de 2019 y proporcionó información para solicitar una cotización de seguro. Sin que él lo supiera, TrustedForm registró cada segundo de su interacción con el sitio web, creando una grabación de vídeo. Después completando el cuestionario, Javier hizo clic en un botón indicando que aceptaba que se registrara la Política de Privacidad de Assurance.
Javier presentó una demanda colectiva contra Assurance y ActiveProspect, alegando que violaron la Sección 631(a) de la Ley de Invasión de la Privacidad de California (“CIPA”), lo que hace que sea ilegal interceptar o grabar comunicaciones sin el consentimiento de todas las partes. El tribunal de distrito desestimó la denuncia de Javier y consideró que el consentimiento posterior a la política de privacidad de Assurance hacía que la conducta fuera legal según la Sección 631(a).
El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito revisó el caso y no estuvo de acuerdo con la interpretación del tribunal de distrito. Señalaron que la Corte Suprema de California había sostenido anteriormente que las disposiciones de la CIPA debían interpretarse a favor de propósitos amplios de protección de la privacidad. Además, otras declaraciones de la Corte Suprema de California indicaron que se requería consentimiento previo para escuchas telefónicas y seguimiento, incluso si el texto del estatuto no lo estableciera explícitamente.
El Noveno Circuito concluyó que la Corte Suprema de California probablemente interpretaría que la Sección 631(a) requiere consentimiento previo y, por lo tanto, las acusaciones de Javier de no brindar consentimiento previo expreso fueron suficientes para proceder en una demanda en la que se afirma que sus comunicaciones fueron grabadas sin un consentimiento válido. En consecuencia, el Noveno Circuito revocó la conclusión del tribunal de distrito de que el consentimiento retroactivo era suficiente según las Leyes de Privacidad de California.
¿Qué son las escuchas telefónicas?
La ley de California brinda protección a sus ciudadanos en virtud de una sección de la ley llamada Ley de Invasión de la Privacidad de California. Estas leyes protegen sus derechos y garantizan que nadie pueda grabarlo sin su consentimiento. Por lo general, esto se aplica a las conversaciones telefónicas (piense en cuando llama a una empresa y siempre escucha una voz grabada que dice "esta llamada puede ser monitoreada o grabada con fines de control de calidad").
¿Qué significa este caso?
Básicamente, estas prácticas de grabar interacciones en pantalla constituyen escuchas telefónicas ilegales según la ley de California. El Tribunal de Apelaciones determinó que se requiere notificación previa para esto y que un acuerdo con una política de privacidad al final de la interacción es insuficiente para obtener el consentimiento para registrar sus interacciones con un sitio web o cualquier otro método de escuchas telefónicas.
Los sitios web que dependen de tecnologías que monitorean y registran datos de pantalla sin consentimiento previo ahora corren el riesgo de sufrir responsabilidad civil y penal según la Ley de Invasión de la Privacidad de California.
¿Qué hago si he sido víctima de escuchas telefónicas?
Si lo grabaron sin su consentimiento, o solo se le notificó que lo estaban grabando después del hecho, tiene recursos en virtud de la Ley de Invasión de la Privacidad de California. La ley le permite entablar una acción civil contra la persona o empresa que cometió la infracción por el mayor de:
- $5,000 por infracción, o
- 3 veces el monto de cualquier daño que haya sufrido como resultado de la invasión de la privacidad
Si cree que es víctima de una intervención telefónica ilegal o de cualquier otra invasión de la privacidad, contacto El Grupo Jurídico Bourassa hoy para una consulta para garantizar que sus derechos estén protegidos.