Un autobús urbano cambia de carril y choca contra tu coche en Charleston. La barandilla de una escalera cede en un edificio del condado. Un camión de mantenimiento del distrito escolar se salta un semáforo en rojo. Un vehículo de transporte regional frena bruscamente y un pasajero cae. Las lesiones en estos casos se ven igual que en cualquier otro caso, y durante los primeros días no se nota ninguna diferencia.
La diferencia se hace evidente más adelante y es estructural. Cuando el demandado es un organismo gubernamental en Nevada, se aplica un conjunto de reglas específicas a la demanda. Existe un límite legal a la indemnización que un tribunal puede otorgar. Hay un requisito de presentación con su propio plazo y destino. Existe una lista de inmunidades que pueden dar por terminado un caso antes de que se aborde la cuestión de los daños y perjuicios. Existe una regla sobre quién debe ser nombrado como demandado.
Este artículo repasa esas normas tal como están redactadas en los estatutos, para que una persona lesionada que se enfrenta a un demandado público sepa cuál es la verdadera naturaleza de la reclamación, en lugar de descubrirla dieciocho meses después.
Lo que Nevada realmente renunció
Nevada renunció a su inmunidad absoluta mediante ley. El artículo 41.031 de los Estatutos Revisados de Nevada (NRS) renuncia a la inmunidad del Estado y acepta que su responsabilidad se determine conforme a las mismas normas legales que rigen las demandas contra personas físicas y jurídicas. Esta renuncia conlleva excepciones, principalmente los artículos 41.032 a 41.038 de los NRS y cualquier ley que preserve expresamente la inmunidad, y solo se aplica si el demandante cumple con las limitaciones establecidas en dichos artículos. En otras palabras, Nevada puede ser demandada como una parte privada, pero únicamente dentro del marco legal que la Legislatura estableció para tal fin. La misma ley renuncia a la inmunidad de todas las subdivisiones políticas del Estado en los mismos términos.
En esa frase figuran dos condiciones importantes. La renuncia está condicionada a que el reclamante cumpla con los límites legales, y no afecta la inmunidad frente a demandas en tribunales federales que establece la Undécima Enmienda, la cual el artículo 41.031 de los Estatutos Revisados de Nevada (NRS) preserva expresamente.
La misma sección también establece los procedimientos para demandar al Estado. La acción debe presentarse en nombre del Estado de Nevada en relación con el departamento, comisión, junta u otro organismo cuyas acciones constituyen la base de la demanda. Debe presentarse en el condado donde se originó la causa o parte de ella, o en Carson City. La citación y una copia de la demanda deben notificarse al Fiscal General o a la persona designada en la Oficina del Fiscal General en Carson City, y a la persona que funge como director administrativo del organismo mencionado.
¿Qué entidades se consideran públicas?
La gente suele asumir que un acusado público se refiere al Estado o a una ciudad. Sin embargo, la categoría es considerablemente más amplia. El artículo 41.0305 de los Estatutos Revisados de Nevada (NRS) define la subdivisión política para incluir entidades como autoridades aeroportuarias, comisiones regionales de transporte, distritos de protección contra incendios, distritos de riego, distritos escolares, órganos rectores de escuelas autónomas, la Autoridad de Vivienda Rural de Nevada, agencias de acción comunitaria designadas conforme a la ley federal y otros distritos especiales que desempeñan una función gubernamental.
Para un residente de Nevada, esta lista abarca gran parte de la vida cotidiana: distritos escolares, sistemas de transporte público, distritos de bomberos, autoridades aeroportuarias, distritos de agua y alcantarillado, hospitales públicos y distritos de salud organizados como entidades públicas. Si una lesión involucra un vehículo, un edificio, un empleado o una infraestructura relacionada con cualquiera de estos, es probable que se apliquen las normas aquí descritas, y el momento de averiguarlo es al principio. Nuestro artículo sobre demandar a un gobierno local por negligencia aborda las cuestiones preliminares, y las demandas que involucran distritos escolares de Nevada se centran específicamente en el contexto educativo.
El límite legal a las indemnizaciones
Esta disposición modifica la aritmética de todo un caso. El NRS 41.035 establece que la indemnización por daños y perjuicios en una acción por agravio interpuesta conforme al NRS 41.031, o contra un funcionario o empleado actual o anterior del Estado o de cualquier subdivisión política, un contratista con inmunidad o un legislador estatal, derivada de un acto u omisión dentro del ámbito de sus funciones públicas o empleo, no podrá exceder la suma de $100,000, sin incluir los intereses calculados desde la fecha de la sentencia, a favor de ningún reclamante. Esta cifra es un límite máximo por reclamante, no por incidente, por lo que un accidente que lesiona a cuatro personas en el mismo vehículo no comparte un único límite entre ellas. El mismo apartado establece que la indemnización no podrá incluir ninguna cantidad como daños ejemplares o punitivos.
Varias características de ese idioma merecen atención.
- El límite se aplica a la indemnización, no a la lesión. Tanto una lesión catastrófica como una moderada están sujetas al mismo límite máximo cuando el demandado es una figura pública.
- Se aplica en beneficio de cualquier reclamante, y es ahí donde el análisis se vuelve específico en casos con múltiples personas lesionadas o múltiples demandados.
- Los intereses calculados a partir de la fecha de la sentencia quedan fuera del límite máximo.
- No procede la imposición de daños punitivos, independientemente de cómo se califique la conducta.
Un segundo apartado extiende los mismos límites sobre la cuantía y la naturaleza de los daños a las demandas por responsabilidad extracontractual derivadas de actividades recreativas o del uso recreativo de tierras o agua, interpuestas contra una corporación pública o cuasimunicipal organizada conforme a la ley de Nevada, contra una persona que haya arrendado o puesto a disposición de un organismo público tierras o agua, y contra una tribu, banda o comunidad indígena, independientemente de si se cobró o no una tarifa. La Legislatura declaró que el propósito de dicho apartado era fomentar el uso recreativo de tierras, lagos, embalses y otras masas de agua que fueran propiedad de un organismo público o estuvieran bajo su control en este Estado.
En la práctica, el límite máximo obliga a tomar decisiones con prontitud. Si las facturas médicas se acercan al límite, el valor del caso deja de ser relevante. Las cuestiones a dilucidar son si algún demandado no gubernamental comparte la responsabilidad, si existe una fuente de seguro independiente y si la reclamación sobrevive a las inmunidades.
La notificación de reclamación y el plazo de dos años
El artículo 41.036 de los Estatutos Revisados de Nevada (NRS) establece el requisito de presentación de la demanda. Toda persona que tenga una reclamación contra el Estado o cualquiera de sus agencias derivada de un agravio debe presentarla ante el Fiscal General dentro de los dos años siguientes al momento en que surge la causa de acción. Asimismo, toda persona que tenga una reclamación contra cualquier subdivisión política del Estado derivada de un agravio debe presentarla ante el órgano rector de dicha subdivisión política dentro de los dos años siguientes al momento en que surge la causa de acción.
El estatuto luego establece algo que sorprende a quienes han leído sobre las normas para presentar demandas en otros estados. La presentación de una demanda por responsabilidad extracontractual contra el Estado o una subdivisión política, según lo exigen esos apartados, no es una condición previa para interponer una demanda conforme al NRS 41.031.
Esa frase no autoriza a omitir el paso. La reclamación administrativa es el mecanismo mediante el cual un asunto puede revisarse, investigarse y resolverse sin litigio. El NRS 41.036 ordena al Fiscal General, si está autorizado por las reglamentaciones adoptadas por la Junta Estatal de Examinadores, aprobar, resolver o denegar cada reclamación presentada contra el Estado que no requiera la aprobación de la Legislatura, y cuando el Fiscal General carezca de dicha autoridad, investigar la reclamación y presentar un informe de conclusiones a la Junta Estatal de Examinadores. La División de Gestión de Riesgos de Nevada, que administra el proceso de reclamaciones por responsabilidad civil extracontractual del Estado, publica la información sobre la presentación de reclamaciones por responsabilidad civil extracontractual del Estado de Nevada y el formulario que se utiliza en dicho proceso.
Presentar la reclamación tampoco extiende el plazo para interponer la demanda. El artículo 11.190(4)(e) de los Estatutos Revisados de Nevada (NRS) exige que la acción para obtener una indemnización por lesiones o fallecimiento causados por un acto ilícito o negligencia de otra persona se inicie dentro de los dos años siguientes. Considerar que la notificación de la reclamación interrumpe el plazo es uno de los malentendidos más perjudiciales en este ámbito, y nuestra explicación general del plazo de prescripción para casos de lesiones personales en Nevada detalla cómo se calcula dicho plazo.
Las inmunidades que ponen fin a los casos antes de que importen los daños
El límite máximo solo cobra relevancia si la reclamación prospera, y las inmunidades legales de Nevada son el punto donde se detiene una gran parte de los casos de entidades públicas.
El NRS 41.032 prohíbe una acción basada en un acto u omisión de un funcionario, empleado o contratista inmune que ejerza la debida diligencia en la ejecución de una ley o reglamento, sea o no válida dicha ley o reglamento, siempre que no haya sido declarada inválida por un tribunal de jurisdicción competente. También prohíbe una acción basada en el ejercicio o desempeño, o la falta de ejercicio o desempeño, de una función o deber discrecional por parte del Estado, cualquiera de sus agencias o subdivisiones políticas, o cualquier funcionario, empleado o contratista inmune de las mismas, independientemente de si se abusa o no de la discreción involucrada. Esta segunda cláusula es la inmunidad de la función discrecional. En la práctica, significa que generalmente no se puede demandar a una entidad pública por una decisión que se le permitió tomar, cómo diseñó una carretera, dónde gastó su presupuesto o qué política estableció, incluso si la decisión resultó desacertada. Lo que sigue siendo susceptible de demanda es la ejecución negligente de una tarea, no la decisión que la motivó.
El NRS 41.033 prohíbe una acción basada en la falta de inspección de cualquier edificio, estructura, vehículo, calle, carretera pública u otra obra, instalación o mejora pública para determinar peligros, deficiencias u otros asuntos, exista o no la obligación de inspeccionar, y en la falta de descubrimiento de tal peligro o deficiencia, se realice o no una inspección. La misma sección establece que la inspección de un edificio, estructura, instalación o mejora privada constituye una obligación pública y no garantiza ni asegura la ausencia de ningún peligro o deficiencia. Las demandas formuladas como falta de inspección chocan directamente con esta disposición, razón por la cual la alegación operativa en un caso viable generalmente se refiere a la creación o el mantenimiento de una condición en lugar de a la falta de búsqueda de una. Esa distinción da forma a casos como los que analizamos al responsabilizar a una ciudad por condiciones viales inseguras.
El artículo 41.0336 de los Estatutos Revisados de Nevada (NRS) se refiere a los departamentos de bomberos y las agencias de aplicación de la ley. Dichas agencias no son responsables por los actos u omisiones negligentes de sus bomberos u oficiales, ni de ninguna otra persona llamada para prestarles asistencia, ni tampoco lo son los oficiales, empleados o voluntarios individuales, a menos que el bombero, oficial u otra persona haya hecho una promesa o declaración específica a una persona física que confió en ella en detrimento de esta, o que la conducta del bombero, oficial u otra persona haya causado directamente el daño. El artículo añade que no pretende derogar el principio de derecho consuetudinario de que el deber de las entidades gubernamentales de prestar servicios se debe al público en general y no a las personas individuales.
El artículo 41.0334 de los Estatutos Revisados de Nevada prohíbe las demandas por lesiones, muerte injusta u otros daños sufridos en o sobre un edificio público o vehículo público por una persona que estuviera involucrada en ciertos actos delictivos enumerados en ese momento, con excepciones para los daños causados intencionalmente o a los que haya contribuido un funcionario o empleado público y para las reclamaciones que resulten de la privación de derechos garantizados por la Constitución de los Estados Unidos o la Constitución de Nevada.
Designar al demandado correcto
Nevada exige la participación del gobierno en el caso. Según el NRS 41.0337, no se podrá interponer ninguna demanda por daños y perjuicios derivada de un acto u omisión en el ejercicio de las funciones públicas o el empleo de una persona contra un funcionario judicial local o estatal, actual o anterior, un funcionario o empleado del Estado o de cualquier subdivisión política, un contratista con inmunidad o un legislador estatal, a menos que el Estado o la subdivisión política correspondiente figure como parte demandada conforme al NRS 41.031. La misma regla se aplica cuando una persona figura como demandada únicamente por un presunto acto u omisión relacionado con las funciones públicas o el empleo de dicha persona.
La consecuencia práctica es que demandar al conductor de un vehículo público sin nombrar a la entidad constituye un defecto, no una estrategia. Esto también significa que la defensa estará a cargo de un abogado oficial, definido en NRS 41.0338 como el Fiscal General en asuntos que involucren a funcionarios estatales, empleados, contratistas inmunes y miembros de juntas o comisiones estatales, y como el principal asesor legal u otro representante legal autorizado de una subdivisión política en asuntos que involucren a los funcionarios, empleados o miembros de la junta de dicha subdivisión.
Cuando un incidente involucra tanto a una entidad pública como a una empresa privada, y muchos lo hacen, el caso puede estar sujeto a dos conjuntos de reglas muy diferentes simultáneamente. La negligencia comparativa, según NRS 41.141, se aplica a la reclamación como en cualquier otro caso, impidiendo la indemnización si la negligencia de la persona perjudicada fue mayor que la de las partes contra las que se reclama, y reduciendo la indemnización en la proporción correspondiente a la persona perjudicada. Determinar qué parte de una sentencia está sujeta al límite legal y cuál no es uno de los aspectos más técnicos de estos casos, y conviene comprenderlo cuanto antes, en lugar de después del veredicto. Situaciones como una colisión que involucra un vehículo gubernamental suelen presentar precisamente esta combinación.
Pasos prácticos cuando interviene una entidad gubernamental
Las normas mencionadas anteriormente premian la actuación temprana y organizada más que casi cualquier otra categoría de reclamación por lesiones.
- Identifique la entidad con precisión, ya que un vehículo de transporte público, un autobús escolar y un camión municipal pueden pertenecer a tres entidades diferentes con tres juntas directivas diferentes.
- Solicite el informe del incidente o accidente e indique la agencia que lo generó.
- Solicite con anticipación los registros públicos de mantenimiento, las órdenes de trabajo, las quejas previas y las políticas de retención de cámaras, ya que las grabaciones suelen sobrescribirse en cuestión de semanas.
- Fotografie el estado del lugar y el área circundante el mismo día, incluyendo la señalización, la iluminación y cualquier zona de trabajo temporal.
- Identificar a los testigos que no sean empleados del gobierno.
- Controla cada factura médica comparándola con el límite legal desde el principio, porque esa cifra determina la estrategia.
- Determinar si un contratista privado, proveedor o propietario comparte la responsabilidad, ya que ese demandado puede no estar sujeto a los mismos límites.
Los casos que involucran caídas en propiedad pública presentan sus propios problemas probatorios en torno a la notificación y el estado de la superficie por donde se camina, los cuales abordamos en las reclamaciones por resbalones y caídas en propiedades gubernamentales en Nevada.
Cómo hablar con el bufete de abogados Bourassa sobre una demanda contra una entidad pública
Si sufrió lesiones a causa de una entidad pública de Nevada, su vehículo, su propiedad o un empleado, The Bourassa Law Group ofrece una consulta gratuita para determinar la responsabilidad, las inmunidades que probablemente invocará la defensa, el lugar donde debe presentarse la reclamación y cómo influye el plazo legal en el procedimiento. Dado que tanto el requisito de notificación como el plazo de prescripción comienzan a contar desde el momento en que se genera la lesión, conviene realizar una revisión temprana, incluso si aún se encuentra en tratamiento.
Este artículo contiene información general sobre la ley de Nevada y no constituye asesoramiento legal. Las leyes se modifican periódicamente y cada caso depende de sus circunstancias particulares, por lo que le recomendamos que confirme las disposiciones vigentes y consulte con un abogado colegiado en Nevada sobre su situación antes de basarse en la información aquí expuesta.